Del el 21 al 23 de mayo se celebró en Alicante el VII Congreso Español de Derecho de la Insolvencia (CEDIN VII). Las distintas mesas celebradas versaron sobre el estatuto de la administración concursal, a raíz de sus recientes reformas, entre ellas la implementada por la Ley 17/2014, de 30 de septiembre. El Congreso fue inaugurado por D. Julio Fuentes, Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia, quien esbozó las principales cuestiones ante el futuro desarrollo reglamentario de dicho estatuto. En distintas sesiones se comparó el modelo español de designación por turno con los vigentes en países de nuestro entorno, señalándose que el español era totalmente excepcional. Además, se resaltó la inexistencia de organismo o agencia pública alguna con competencias en insolvencia. Se trataron aspectos de dicho estatuto tales como la inclusión de las personas jurídicas en el órgano de administración concursal; la aceptación y el cese en el cargo; sus funciones y sus distintos colaboradores; la diligencia exigible; su responsabilidad, su recusación y separación; la rendición de cuentas y la retribución. Se señalaron algunas contradicciones entre las funciones detalladas en el nuevo artículo 33 de la Ley Concursal y el resto del articulado, algunas otras contradicciones de dicha Ley que deberían haber sido solventadas desde su inicial promulgación, así como las ineficiencias previsibles del modelo legal de designación por turno. Este sistema de nombramientos supondrá la total falta de incentivos para especializarse y profesionalizarse, dado que ello no se verá recompensado de ningún modo. A su vez, se trató de la necesidad de regular adecuadamente el arancel y la denominada “cuenta de garantía arancelaria” para garantizar su cobro con adecuación a la complejidad, calidad y cantidad de tareas realizadas.